Universidad Tecnológica Metropolitana

QUÉ ES LA ACREDITACIÓN

El Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior se rige en la actualidad por las disposiciones de la Ley Corta de Educación Superior N°21.186 de 2019, cuya función fue planificar la postergación de la aplicación de la Ley de Educación Superior N°21.091, que a su vez reemplaza la Ley N° 20.129 de 2006.

La acreditación institucional sigue a cargo de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) y pasó a ser obligatoria. Las instituciones que sucesivamente no logren acreditarse serán cerradas (con supervisión del Estado).

Según la CNA, la acreditación “certifica el cumplimiento del proyecto de la institución y la existencia, aplicación y resultados de mecanismos eficaces de autorregulación y de aseguramiento de la calidad”.

En la nueva disposición legal, la acreditación de los programas de pregrado es obligatorio solo para las pedagogías y las especialidades médicas, mientras que el resto de las carreras pasan a formar parte de la acreditación institucional. Se proyecta su plena implementación a partir de 2024.

Durante este período transitorio, la acreditación institucional consta de las siguientes etapas:

1. Autoevaluación institucional, en que la comunidad identifica sus fortalezas y debilidades y las presenta en un informe a la CNA.

2. Evaluación externa, por medio de la visita de un comité de pares evaluadores externos, quienes verifican lo reportado en el informe de autoevaluación, y emiten un propio informe.

3. Acreditación, en que la CNA revisa los informes de autoevaluación y de los pares externos, y emite una resolución con el pronunciamiento de acreditación adoptado. Esta etapa incluye la posible presentación de un recurso de apelación de parte de la institución.