QUÉ ES LA ACREDITACIÓN
El Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior se rige en la actualidad por las disposiciones de la Ley Corta de Educación Superior N°21.186 de 2019, cuya función fue planificar la postergación de la aplicación de la Ley de Educación Superior N°21.091, que a su vez reemplaza la Ley N° 20.129 de 2006.
La acreditación institucional sigue a cargo de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) y pasó a ser obligatoria. Las instituciones que sucesivamente no logren acreditarse serán cerradas (con supervisión del Estado).
Según la CNA, la acreditación “certifica el cumplimiento del proyecto de la institución y la existencia, aplicación y resultados de mecanismos eficaces de autorregulación y de aseguramiento de la calidad”.
En la nueva disposición legal, la acreditación de los programas de pregrado es obligatorio solo para las pedagogías y las especialidades médicas, mientras que el resto de las carreras pasan a formar parte de la acreditación institucional. Se proyecta su plena implementación a partir de 2024.
Durante este período transitorio, la acreditación institucional consta de las siguientes etapas:
1. Autoevaluación institucional, en que la comunidad identifica sus fortalezas y debilidades y las presenta en un informe a la CNA.
2. Evaluación externa, por medio de la visita de un comité de pares evaluadores externos, quienes verifican lo reportado en el informe de autoevaluación, y emiten un propio informe.
3. Acreditación, en que la CNA revisa los informes de autoevaluación y de los pares externos, y emite una resolución con el pronunciamiento de acreditación adoptado. Esta etapa incluye la posible presentación de un recurso de apelación de parte de la institución.